La Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco otorgó aval académico, por medio de Resolución del Decanato, al único curso que será homologado por el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia de Chubut, orientado a la capacitación de abogadas y abogados de niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa surge de la Ley III N° 44, que regula la figura del abogado del niño a nivel provincial y prevé, en el art 11, la capacitación sobre este instituto por parte de la autoridad de control, el Poder Judicial y las Universidades.
La actividad formativa tiene como objeto brindar capacitación en el ámbito de la Provincia del Chubut a profesionales de la abogacía y ciencias jurídicas, referidas a la especialidad del Derecho de Familia y abogado de niños, niñas y adolescentes, sobre aspectos esenciales de la temática contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Observación General N° 5/03 del Comité de los Derecho del Niño, la Ley nacional N° 26.061 y el art. 14 de la Ley de Provincial III N° 21.
El Convenio, y su adenda, fueron suscriptos por el Dr. Mario Vivas (Presidente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut), el Dr. Francisco Schiavone (Vice Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas –UNPSJB-) y la Lic. Mirta Simone, titular del Ministerio provincial de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.
En el marco del referido Convenio el Superior Tribunal de Justicia brindará la infraestructura, logística e instalaciones de la Escuela de Capacitación Judicial necesarias para las capacitaciones, en tanto que la Facultad de Ciencias Jurídicas tendrá a su cargo el aporte del plantel docente especializado en la materia, así como el dictado de jornadas, seminarios, cursos y carreras de especialización sobre el rol del abogado del niño, niña y adolescentes. Por su parte, Ministerio provincial se compromete a brindar el personal formado en el asunto y material digitalizado, el que se pondrá a disposición de los participantes de cada curso. Asimismo, en torno a lo previsto por Ley III N° 44 y conforme fue expuesto, dicho Ministerio (en su rol de autoridad de aplicación de la norma) realizará la homologación de cada actividad formativa, procediendo a emitir las posteriores certificaciones.